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Editorial abril 2021

Editorial abril 2021

  • El Consejo de Ministros anunció la aprobación del proyecto de ley de la reforma del carnet por puntos,pero la DGT también ha sufrido importantes reveses judiciales  que están dando la razón a los conductores por errores administrativos o defectos de forma

El pasado mes de marzo, la DGT ha tenido mucho protagonismo por varios motivos. Para empezar, y tras varios meses de especulaciones, el Consejo de Ministros anunció la aprobación del proyecto de ley de la reforma del carnet por puntos, vigente desde 2005, así como de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2015. Con esta reforma, la DGT busca reducir  un 50% el número de fallecidos y heridos graves para el año 2030 y avanzar hacia una cifra próxima a cero en el año 2050. Para ello, esta reforma básicamente  se centra en un agravamiento de las sanciones que se prevén para los comportamientos que generan un mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo, es decir, el cinturón. Dicho de otra manera, van a ir a la “caza” del conductor para sancionarle y así recaudar más (en los últimos veinte años, la DGT ha formulado 70 millones de denuncias en las carreteras de su competencia, con una recaudación en torno a los 6.500 millones). Decimos esto, por que parece que esta es la única medida que han encontrado para disminuir los accidentes y no se ven medidas encaminadas a la mejora de la red de carreteras, en la que por cierto hemos pasado de la posibilidad de aumentar a 140 Km/h la velocidad máxima en determinados tramos de autovías, a que se hable de que sean de peaje

 

El 64% de los conductores prefieran pagar con descuento a plantear ningún tipo de recurso aunque consideren que la denuncia formulada sea injusta

 

Pero sobre todo, la DGT estuvo en boca de todos por que ha sufrido importantes reveses judiciales  que están dando la razón a los conductores por errores administrativos o defectos de forma. Así, según datos de AEA, el 50% de las multas acaban siendo anuladas por los jueces (sólo el año pasado puso un total de 3.877.297 sanciones, la mayoría de ellas por exceso de velocidad, seguidas por no haber pasado la ITV, o ser ésta desfavorable; conducir utilizando el móvil; conducir sin carnet y no utilizar el cinturón de seguridad), sino que además, cada vez son más frecuentes las sentencias que condenan a la DGT al pago de las costas por apreciar temeridad o mala fe. Todo ello, a pesar de que con la reforma de la Ley de Seguridad Vial de 2009 en la que se aumentó el descuento por pronto pago del 30% al 50% del importe de las multas a aquellos conductores que no planteaban recurso alguno, lo que ha llevado a que según AEA, el 64% de los conductores prefieran pagar con descuento a plantear ningún tipo de recurso aunque consideren que la denuncia formulada sea injusta.

 

El Consejo de Ministros anunció la aprobación del proyecto de ley de la reforma del carnet por puntos, vigente desde 2005, así como de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2015. Con esta reforma, la DGT busca reducir  un 50% el número de fallecidos y heridos graves para el año 2030 y avanzar hacia una cifra próxima a cero en el año 2050 y para ello, esta reforma básicamente  se centra en un agravamiento de las sanciones

 

Un ejemplo de dos de las últimas sentencias que hemos conocido es el del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo, que anuló una multa impuesta por un Pegasus de la DGT “por circular detrás de otro sin dejar espacio libre que le permitiera detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede”. En su sentencia, el Juez estima que el Pegasus no acreditaba la distancia de seguridad que separaba los dos vehículos ni ninguna de las otras circunstancias que se acreditan en la multa, sin duda un gran revés para la DGT y los Pegasus, que multan mucho (en 2018, año de la sanción unas 20.000) pues no sólo disfrutan de una vista privilegiada, sino que además, son casi indetectables por los conductores. Otro varapalo para la DGT ha sido la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Córdoba, donde un juez ha anulado una multa de un radar fijo, porque el radar fijo debe avalar la multa con dos fotografías diferentes del mismo vehículo y no con una fotografía de la que se han extraído dos imágenes diferentes, una con un campo de visión mayor y otra menor. Así pues, estamos ante una sentencia que abre la puerta a que se anulen todas las multas de radares fijos que lleguen con sólo una foto. Otro tipo de multa, la más común, es la de los excesos de velocidad, se están ganando en los tribunales debido a que “no se está aplicando correctamente el margen de error de los radares”, según afirma el informe de AEA.

 

Pero sobre todo, la DGT estuvo en boca de todos por que ha sufrido importantes reveses judiciales  que están dando la razón a los conductores por errores administrativos o defectos de forma.Así, según datos de AEA, el 50% de las multas acaban siendo anuladas por los jueces

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Obviamente, desde aquí pedimos prudencia la volante y cumplir con las normas de circuación, pero está claro que muchas veces nos sentimos indefensos y nos resignamos a aceptar el pago con descuento con tal de quitarnos de lios, pero la Ley está para todos y hay veces en las que ellos también comenten errores de forma o incluso tienen mala fe y no lo digo yo, sino sentencias judiciales.