Mayo, no sólo cerró con una caída de las matriculaciones del 24% con respecto a mayo de 2019 (no es posible comparar el dato con 2020 por el Covid-19), dato con el que en lo que llevamos de año supone una caída del 36%, sino que además, nos dejó dos importantes noticias cuyas que han sido muy comentadas por las consecuencias que conllevan: la bajada de velocidad en las vías urbanas y el rechazo por parte del Tribunal Supremo de Madrid al recurso de casación de Ecologistas en acción contra la sentencia del TSJ sobre Madrid Central.
Algunos ayuntamientos han visto la posibilidad de recaudar más instalando radares en lugares de lo más inverosímil
Si nos atenemos al número de afectados, sin duda, la primera de ellas es la más importante, pues este cambio en el Reglamento General de Circulación es a nivel nacional y por tanto, nos afecta a todos los conductores. Este cambio supone la reducción a 30 Km/h en aquellas calles de un solo carril por sentido o a 20 Km/h en el caso de que la acera y la calzada estén al mismo nivel, un cambio que afecta al 70% del total de las calles. Con esta reducción, lo que se busca es reducir la siniestralidad, pues según datos de la DGT, la probabilidad de fallecer como consecuencia de un atropello a 50 Km/h es del 90%, frente al 10% en caso de producirse a 30 Km/h. A priori por tanto, se podría decir que ese trata de una buena medida, pero como siempre, tiene sus “peros”.
De momento, el alcalde de Madrid ya ha avisado que hasta que no sea firme la sentencia (el Ayuntamiento tiene un plazo de dos meses para ejecutarla), Madrid Central continúa en vigor
Para empezar, algunos ayuntamientos han visto la posibilidad de recaudar más instalando radares en lugares de lo más inverosímil. Por otro lado, no se ha tenido en cuenta el impacto de esta medida en el tráfico, pues en muchos casos, va a provocar una mayor cogestión, por lo que no es de extrañar que algunas ciudades como Málaga, estudien la posibilidad de aprovechar la excepcionalidad que permite la nueva normativa para volver a los 50 Km/h. Otra circunstancia que no se ha tenido en cuenta, es lo que esta medida afectará a los coches, que tendrán que circular a un alto régimen de revoluciones y, por lo tanto, consumirán más y contaminarán más, además de verse afectados el filtro de partículas y al embrague.
Este cambio supone la reducción a 30 Km/h a aquellas calles de un solo carril por sentido o a 20 Km/h en el caso de que la acera y la calzada estén al mismo nivel, un cambio que afecta al 70% del total de las calles
La otra gran noticia ha sido la anulación de Madrid Central por parte del Tribunal Superior, tras rechazar el recurso de casación de Ecologistas en Acción contra la sentencia del TSJM que ya en julio de 2020 anuló Madrid Central por “defectos de forma”. Como es lógico, lo primero que se ha preguntado la gente es qué pasaba con las multas, tanto las ya cobradas, como las que no, así como si se podrá circular o no por Madrid Central. De momento, el Alcalde de Madrid ya ha avisado que hasta que no sea firme la sentencia (el Ayuntamiento tiene un plazo de dos meses para ejecutarla), Madrid Central continúa en vigor. El caso es ya hay dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo sobre dos multas anteriores a esta sentencia anulando dichas multas, alegando que “son consecuencia de un precepto anulado” y desde Pyramid Consulting, que ha llevado estos dos casos, creen que serán muchas más, como dice también Automovilistas Europeos Asociados, que afirma que esto implicará la anulación masiva de multas y la devolución de todas las sanciones, es decir, de 1,3 millones de multas y de 117 millones de euros que tendría que devolver el Ayuntamiento., vamos, una “patada caliente” para el Ayuntamiento.
Con esta reducción, lo que se busca es reducir la siniestralidad, pues según datos de la DGT, la probabilidad de fallecer como consecuencia de un atropello a 50 Km/h es del 90%, frente al 10% en caso de producirse a 30 Km/h
Pero si te creías que esta anulación de Madrid supondría “barra libre” para circular por Madrid, estás muy equivocado: antes de verse obligado a ejecutar la sentencia del TSJM, ratificada por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento tiene previsto aprobar una nueva ordenanza de movilidad sostenible que sustituirá a Madrid Central: Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección del Distrito Centro. Entre otras medidas, este nuevo plan prevé la creación de una segunda Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (Plaza Elíptica), una “tarifa dinámica” del SER, de modo que se pagará en función de la contaminación existente, la ampliación del SER a veinte “barrios frontera” más allá de la M-30, sujeta a la “demanda vecinal” así como una nueva zona de “alta rotación” en espacios con una “intensa demanda de estacionamiento”, señalizada de color blanco y azul, donde no se podrá estacionar más de 45 minutos.
Ya hay dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo sobre dos multas anteriores a esta sentencia anulando dichas multas, alegando que “son consecuencia de un precepto anulado”
Veremos a ver que pasa, pues, con todas las multas impuestas en Madrid Central y crucemos los dedos para la implantación de la nueva normativa no sea un caos como lo fue en sus orígenes Madrid Central y ya sabes, paciencia y resignación cuando tengas que ir a 30 Km/h o a 20 Km/h y veas que las bicis y patinetes eléctricos te adelanten…