Según la organización de defensa del conductor afectado, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), desde el año 2017 las 225 cámaras de la DGT han impuesto por este sistema más de 30.000 multas, por valor de 6 millones de euros. Ahora, una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 33 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha estimado un recurso promovido por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) en defensa de uno de sus socios, y ha anulado una multa de 200€ y la retirada de 3 puntos impuesta por el Jefe provincial de Tráfico de Cuenca a un conductor por “No utilizar el conductor del vehículo el cinturón de seguridad, correctamente abrochado”, al considerar que dicha autoridad no estaba facultado para imponer este tipo de sanciones y porque la fotografía obtenida por un medio técnico no sometido a control metrológico no constituye prueba de cargo suficiente. La resolución judicial ha aceptado íntegramente los argumentos planteados por los letrados AEA al considerar “el principio de presunción de inocencia dada la ausencia de pruebas suficientes para acreditar que se ha cometido la infracción imputada” y la falta de legitimidad del Jefe provincial de Tráfico de Cuenca para imponer la sanción dado “que tenía la competencia delegada por Resolución de 25 de noviembre de 2013 a favor del Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas sin que conste resolución alguna de avocación de la competencia por lo que no se respetan las normas que rigen el procedimiento.”
A juicio del presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia constituye un importante precedente jurídico y abre la posibilidad de solicitar la nulidad de todas las multas impuestas en España desde el año 2017 mediante el sistema “foto-cinto”; aproximadamente unas 30.000 sanciones, por valor de seis millones de euros”.
Portada » Una sentencia cuestiona la legalidad de las multas de cinturón impuestas por las cámaras de la DGT